La jubilación temprana dificulta un sistema sostenible de Seguridad Social e implica desaprovechar conocimientos y recursos humanos
Desde enero de 2008, es posible retrasar la edad de jubilación, pero la nueva normativa contrasta con las jubilaciones forzosas, demasiado tempranas, que
afectan a la sostenibilidad de la Seguridad Social además de suponer un desaprovechamiento de conocimientos y recursos humanos. Los expertos señalan las contradicciones del sistema, y los pensionistas reclaman su derecho mantenerse activos y a participar en las mesas de debate.
La vejez rejuvenece con el paso de los años, y no es un juego de palabras, sino una realidad demográfica. En las últimas décadas, la
esperanza de vida ha aumentado considerablemente en Europa, donde ya supera el umbral de los 82 años para las mujeres y 76 para los hombres en países como Bélgica, Suiza y España. Y no sólo se vive más tiempo; también se vive mejor. Los avances médicos, la oferta cultural y el mayor poder adquisitivo inciden directamente en que las personas mayores estén más activas, más sanas y más vitales que nunca.
Esto supone un desafío para el conjunto de la sociedad. La razón es simple: cuando la población de un país amplía sus perspectivas de vida, los tiempos se descomprimen y cambia el concepto de la edad. No hace falta observar lo que sucede en países subdesarrollados para darse cuenta de ello; basta con pensar cómo, de un tiempo a esta parte, la adolescencia, la juventud y la ancianidad se han "movido" de su edad tradicional.
En 1950, por ejemplo, una persona de 30 años era un adulto consumado, mientras que a otra de 60 se la consideraba ya anciana. La realidad actual es distinta, pues hay muchos "jóvenes" de 30 que todavía viven con sus padres y el rótulo de "tercera edad" no se imprime hasta pasados los 65. Si las perspectivas vitales aumentan, es lógico que el momento para hacer determinadas cosas -como casarse, tener hijos, comprar una casa o jubilarse- tienda a retrasarse en el tiempo.
El cambio, visible y palpable, ha obligado a revisar algunas cuestiones relacionadas con las etapas de la vida y, puntualmente, con la Seguridad Social. Desde el año 2004, Europa se ha centrado en desarrollar políticas de envejecimiento activo, ya que existe un volumen creciente de personas mayores totalmente saludables y capaces de seguir contribuyendo con sus conocimientos y su actividad laboral al sistema de pensiones del país en el que residen.
España -que según el INE se coloca en el tercer puesto de Europa en esperanza de vida- no es ajena a esa tendencia. De ahí que el pasado mes de noviembre el Congreso de los Diputados aprobara una Ley de reforma de la Seguridad Social. Esta nueva normativa, que entró en vigor en enero de 2008, incorpora varias enmiendas a la que regía anteriormente; entre ellas, que los trabajadores pueden jubilarse con más de 65 años si así lo desean. Y, para fomentar esta vía, introduce beneficios económicos importantes, como que por cada año adicional de trabajo, la pensión se incremente en un 2%, o un 3% si se acreditan más de 40 años cotizados hasta los 70 años.
Sostenibilidad de la Seguridad Social
Además de una innegable razón económica, bajo esta Ley subyacen aspectos sociales de gran envergadura. En efecto, la mayor esperanza de vida asociada a una jubilación temprana dificulta un sistema sostenible de Seguridad Social, pero también, significa un desaprovechamiento de conocimientos y recursos humanos. La jubilación es uno de los momentos de crisis más importantes del ser humano, como explica Luis Martín Pindado, presidente nacional de la
Unión de Pensionistas (UDP), quien señala que desde las asociaciones se intenta ofrecer un abanico de posibilidades para que este período vital sea enriquecedor para la persona y productivo para la sociedad. Aprovechar el potencial que tienen los jubilados, cada vez más saludables y mejor formados, es el mayor reto al que se enfrentan las sociedades avanzadas. "Sacar el máximo rendimiento a ese potencial es responsabilidad de todos", apostilla.
Sus palabras sintetizan el eje de la cuestión. Las condiciones físicas y mentales de las personas de 65 años han variado mucho desde que se creó el sistema de Seguridad Social. Sin embargo, y más allá de la reciente reforma, algunos mecanismos de este sistema no se han acompasado a ese cambio. La edad estándar de jubilación se estableció en 1919, y hoy en día, casi un siglo después, continúa siendo la misma. Para el presidente de la UDP parece lógico que se amplíe, al menos de forma voluntaria y en los sectores de actividad que así lo permitan.
En su opinión, es evidente que los sectores con un importante desgaste físico deben ser tenidos en cuenta, pero no hay motivo que impida a un profesor, un médico o un científico continuar trabajando hasta los 70 años o más si sus condiciones se lo permiten y ellos lo desean. Incluso, según añade, sería deseable que siguieran trabajando, ajustando los horarios con las generaciones más jóvenes que les sustituirán, de modo que puedan transmitirles su experiencia profesional. Pero, ¿sucede de este modo?
Reposición desigual
Las estadísticas demuestran que los puestos que quedan vacantes tras la jubilación de una persona mayor no se vuelven a cubrir con jóvenes en relación de uno a uno. Es decir, que tras el cese de actividad de cinco empleados, por ejemplo, no se suele contratar a otros cinco para cubrir sus puestos, según explica Yolanda Sánchez-Urán, catedrática de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universidad Complutense de Madrid. No hay un reemplazo equivalente de esa mano de obra y, si lo hay, no es en las mismas condiciones salariales. La mayoría de las empresas aprovechan las jubilaciones para reestructurar sus plantillas y reducir sus costes, indica la catedrática.
El asunto no es menor, sobre todo cuando entra en juego otra variable importante: las jubilaciones forzosas. Sánchez-Urán, especializada en el estudio de la ampliación de la vida laboral y que se encuentra preparando un informe sobre el tema para el Consejo Económico y Social (CES), señala que los distintos estudios realizados en el marco de la Unión Europea evidencian que se producen dos fenómenos contrapuestos. Por un lado, la población está envejeciendo y su vejez es cada vez más activa. Por otro, abandona sus puestos de trabajo con 52 ó 53 años. Al principio, dice la experta, estos ceses son temporales, pero lo cierto es que los trabajadores no se reinsertan en la vida laboral; ni en el mismo puesto, ni en otro.
Dos corrientes superpuestas
Las jubilaciones forzosas, sumadas a la precariedad laboral de los jóvenes, conllevan inconvenientes muy serios. A largo plazo, hacen peligrar todo el sistema de Seguridad Social, pues se crea un amplio colectivo de personas que, además de no aportar beneficios al Estado, cobra mes a mes una pensión durante décadas. Si alguien cesa en su actividad a los 55 años, pero vive hasta los 85, el resultado son treinta años de gastos públicos que no se compensan con las aportaciones de los jóvenes trabajadores. En resumidas cuentas, se genera un déficit. Lógicamente, la jubilación es un derecho, pero cuando se produce de manera forzosa recorta la pensión del empleado. Éste es el problema a corto plazo.
En España este problema es bien conocido. En los últimos años, como indica el presidente de la UDP, se han desarrollado importantes Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) en nuestro país que han puesto fuera del mercado a cientos de miles de trabajadores cualificados, experimentados y en perfectas condiciones físicas y mentales para el desempeño de su trabajo. Se ha expulsado del mercado laboral a estos trabajadores, menores de 55 años, y se les ha penalizado hasta con el 40% de su pensión. Por ello, según Luis Martín Pindado, antes de prolongar la vida laboral se debería penalizar gravemente a las empresas que realizan estas prejubilaciones en su mayor parte forzosas.
Hubo un intento de hacerlo en 2001, cuando se adoptaron dos medidas desde el punto de vista jurídico, matiza Sánchez-Urán. Ese año, siguiendo la política de envejecimiento activo, se derogó la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores, que era la que permitía realizar jubilaciones forzosas. Simultáneamente, se intentó favorecer la jubilación postergada con unos beneficios económicos para el empresario y el trabajador.
Durante cuatro años, no fue posible en España pactar estas prejubilaciones, hasta que en 2005 se dio un paso atrás y se reestableció la medida, a petición de las empresas y de los propios sindicatos. La situación actual es una cortapisa, según enfatiza la catedrática, ya que ahora mismo se quiere favorecer una jubilación postergada pero se mantiene la posibilidad de pactar jubilaciones forzosas. Es más, si la empresa tiene establecida esta vía en su convenio, puede aplicarla y el trabajador no tiene nada que decir.
Renovar la política de empleo
Así las cosas, y con la nueva normativa de Seguridad Social en vigor, retrasar la edad de jubilación es una posibilidad legal, pero no necesariamente realista. En ese sentido, se avanzó mucho hasta 2005, pero la vuelta atrás deja en evidencia que hay una política de rejuvenecimiento de plantilla muy fuerte y que, por encima del aprovechamiento del potencial de los mayores, prevalece un tema de costes. A su juicio, es necesario ampliar la edad de jubilación progresivamente, teniendo en cuenta las especificidades de cada sector de actividad y cada profesión.
La política de empleo actual es la misma que en la década de los 80, cuando el colectivo prioritario era el de los jóvenes, ya que la población activa no estaba envejecida aún, indica. En aquel contexto, los contratos temporales de fomento del empleo tenía sentido. Ahora, sin embargo, la política de empleo tiene otras connotaciones, pues no son sólo los jóvenes quienes deben trabajar. El desafío pasa por conjugar esos dos elementos fundamentales, según opina.
Para Luis Martín Pindado, además de recuperar a los mayores que están inactivos, se les debería permitir participar en el diseño de las nuevas políticas. Como añade, desde hace varios años diversos organismos nacionales e internacionales alertan sobre la necesidad de modificar nuestro sistema de Seguridad Social. Para eso se crearon en 1995 unas mesas de negociación, conocidas como los Pactos de Toledo.
Los miembros de UDP reclaman desde entonces que los representantes de los mayores estén presentes en las negociaciones, junto a la Administración, la patronal y los sindicatos, pero aún no se ha conseguido. En esa misma línea, señala que la nueva normativa le parece "justa pero insuficiente", y sugiere que debe hacerse un esfuerzo para implementar nuevas fórmulas que permitan a los jubilados participar en el mercado laboral sin menoscabo de seguir recibiendo su pensión. De ese modo, podrían seguir contribuyendo al sistema y generando riqueza a la vez que complementarían unas pensiones que están muy por debajo de la media europea.
Reducción del poder adquisitivo
Porque jubilarse, además de significar un cambio de rol ante la sociedad, implica otras transformaciones más intimas. La dinámica familiar, el manejo del tiempo libre y la sensación de estar activo o ser útil se ven completamente trastocadas y no todo el mundo asume ese nuevo estado con facilidad. Una primera lectura permitiría pensar que el cese de la actividad laboral es una oportunidad de oro para disfrutar de la vida y, por supuesto, sí hay personas que lo viven de esa manera. No obstante, lo usual es atravesar una "crisis" o, al menos, un período de reflexión acerca de las cosas que se han hecho hasta el momento y, más que eso, de las que se harán tras el último día de trabajo.
La economía no es ajena a este proceso, pues la jubilación casi siempre supone una merma del poder adquisitivo y, con él, una disminución de posibilidades. Existe un método bastante sencillo de calcular el monto de la pensión. A grandes rasgos, se deben sumar los sueldos de los últimos quince años trabajados y dividirlos por 200. El resultado, conocido como base reguladora, se conjuga con la cantidad de años que se ha aportado a la Seguridad Social. Por ejemplo, si una persona ha cobrado 1.000 euros durante los últimos quince años, el resultado, dividido entre 200, da una base reguladora de 900 euros. Si ha aportado durante 35 años, los cobrará íntegros, pero si sus aportaciones no han sido tan dilatadas en el tiempo, cobrará menos.
Para tener derecho a una pensión, la cantidad mínima de años trabajados son quince. En este supuesto, la persona cobrará una jubilación del 50% de su base reguladora. Continuando con el ejemplo, cobraría 450 euros al mes. A partir de los 15 años de aportaciones, y hasta los 25, cada año adicional aumenta la pensión en un 3% más. De allí en adelante, el aumento es del 2% anual.
Este cálculo evidencia, por un lado, la importancia de las jubilaciones postergadas, ya que sirven para mejorar las pensiones, sobre todo las de aquellas personas que han aportado pocos años a la Seguridad Social o que han comenzado una vida laboral tardía. Por otra parte, deja muy claro que, aun teniendo la máxima antigüedad, siempre se cobra un poco menos de lo que se ganaba con la nómina. De ahí el éxito de los planes de pensiones, tanto los que se contratan de forma particular como los que se pactan en los convenios laborales.