La medida más esperada
Tres categorías de motos, tres tipos de ayudas
El nuevo Plan Moto-E cuenta con una dotación total de 9 millones de euros que se repartirán en ayudas individuales de entre 225 y 750 euros para cada compra, de acuerdo a las características del vehículo. De esta manera:
- Los ciclomotores con cilindrada de hasta 50 c.c. recibirán ayudas de 225 euros, de los cuales el Gobierno aportará 75 euros y el resto lo pondrá el fabricante.
- Las motocicletas con cilindrada de hasta 250 c.c. recibirán subvenciones de 525 euros. El Gobierno facilitará 175 euros, y el fabricante cargará con la diferencia.
- Las motocicletas con cilindrada superior a 250 c.c. percibirán ayudas de 750 euros. El ejecutivo inyectará 250 euros, mientras que los otros 500 irán por cuenta del fabricante.
Sin embargo, no basta con encontrarse en uno de estos supuestos para obtener la ayuda. Para solicitar las subvenciones es necesario que el vehículo cumpla también algunos requisitos, como el de no superar los 100 CV de potencia. Además, es fundamental tener en cuenta que:
- La moto adquirida no puede ser de segunda mano. Debe ser nueva y, en el momento de la compra, ha de estar sin matricular.
- Antes de aplicar ninguna ayuda, el precio de venta de la moto tiene que ser inferior a los 9.500 euros, incluyendo el IVA pero excluyendo de este cálculo el impuesto de matriculación.
Ahora bien, más allá del dinero que se pueda ahorrar el cliente y de la reactivación económica del sector, hay que recordar que el Plan Moto-E tiene como finalidad renovar el parque de vehículos para alcanzar así una circulación más segura y menos contaminante. En esta línea, otra condición excluyente para acceder a estas ayudas es que el comprador entregue una moto para desguace a cambio de su moto nueva. Esto significa que ya debe ser propietario de un vehículo de dos ruedas y que, para ser beneficiario de las subvenciones deba dar de baja definitiva, "mediante certificado de tratamiento medioambiental por parte del centro autorizado", un ciclomotor o motocicleta matriculado en España.
Cómo se gestionan las subvenciones
La gestión de los fondos públicos y las ayudas para comprar motos estará a cargo de una entidad colaboradora que aún no ha sido seleccionada, aunque esto no impide que la solicitud de subvenciones pueda ponerse en marcha ya mismo. En este sentido, el proceso es igual que con el Plan 2000-E de los coches, que entró en vigor un mes antes de que la Fundación Instituto Tecnológico para la Seguridad del Automóvil (Fitsa) asumiera el papel de gestora. Esto quiere decir que, mientras no se designe a la entidad, serán los concesionarios o los fabricantes (no el cliente) quienes adelanten el dinero de la ayuda.
El Real Decreto establece con todo detalle cómo es el proceso y qué pasos hay que dar, tanto para los comerciantes como para los clientes. Y lo primero que hay que tener en cuenta es que la solicitud de estas ayudas se realiza a través de los agentes de ventas. En el momento de adquirir un vehículo nuevo (y después de haber dado de baja el antiguo), el agente de ventas del ciclomotor o motocicleta deberá hacerse cargo de la documentación requerida al comprador para justificar el derecho a la subvención y deberá comunicarlo a la entidad colaboradora. El expediente de cada operación deberá incluir como mínimo la siguiente documentación:
- Copia de la factura.
- Ficha técnica del ciclomotor o motocicleta a adquirir.
- Certificado de tratamiento medioambiental emitido por el centro autorizado de tratamiento correspondiente, es decir, el certificado de baja de la moto anterior.
- Declaración responsable del beneficiario de encontrarse al corriente de sus obligaciones ante la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
- Declaración de otras ayudas recibidas y de las ayudas obtenidas o solicitadas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso.
Una vez cumplimentados estos requisitos, el agente de ventas descontará del precio del vehículo el importe de la ayuda a la que tiene derecho el beneficiario. Las deducciones de las ayudas públicas serán adelantadas a los compradores por parte del agente de ventas y serán liquidadas cada 15 días por la entidad colaboradora. Eso sí, para ello el comerciante deberá presentar toda la documentación que le ha pedido al cliente y esperar a que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio emita una resolución favorable tras analizar y validar los datos de las solicitudes.
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