Declaración en tres 'clics'
Las obligaciones tributarias son cada vez más sencillas de resolver. En la actualidad, tres pasos bastan para presentar la Declaración de la Renta por Internet sin que ello suponga un quebradero de cabeza. Para quienes sientan algunas reticencias sobre el proceso o hagan este año sus primeros pinitos en el mundo telemático, la Agencia Tributaria ha creado varios vídeos explicativos. Sumados a la información básica, estos vídeos son una guía clara, concisa y muy visual para que los números ya no sean un problema para nadie.
1. El número de referencia. Para hacer la declaración telemática, el primer paso es obtener el número de referencia del borrador o de los datos fiscales. El periodo para ello se extiende hasta el 30 de junio. Hay dos maneras de solicitarlo:
- Por teléfono, en el 901.12.12.24.
- Por Internet, a través de la página de RENØ.
En ambos casos, el interesado deberá proporcionar 3 datos muy precisos:
- NIF / NIE.
- Importe de la casilla 698 de la Renta anterior (la de 2009).
- Número de móvil.
Una vez hecho esto, la Agencia Tributaria mandará un SMS con el número de referencia.
2. El borrador y los datos fiscales. El número de referencia que se recibe por SMS permite adelantar las gestiones y realizar unas cuantas operaciones con Hacienda, que van desde la simple consulta hasta la Declaración definitiva de la Renta. Con este código se puede:
- Consultar, modificar y confirmar el borrador.
- Consultar los datos fiscales e importarlos al programa PADRE.
- Presentar la declaración por Internet.
Si el borrador de Hacienda es correcto, bastará confirmarlo para que la Declaración quede presentada. Si no, habrá que modificarlo antes de dar el visto bueno.
3. La aplicación PADRE. Para quienes no utilizan el borrador de la Agencia Tributaria, el programa PADRE (Programa de Ayuda para la Declaración de la Renta) es de vital importancia. La aplicación, que funciona con diferentes sistemas operativos (como Windows, Mac y Linux), se puede descargar desde aquí.
Ya en sus primeras versiones, este programa contaba con una versión electrónica de los impresos de la Declaración. Las ventajas eran muchas, porque se podían hacer todas las correcciones necesarias y en cada una de las casillas había ventanas de ayuda disponibles que explicaban cada concepto. Ahora, nada más empezar, un asistente guía al usuario para rellenar paso a paso todas las hojas que le correspondan. El programa también se ocupa de realizar todas las operaciones de cálculo de las desgravaciones, sumas, porcentajes y el resultado final.
Desde que la AEAT incorporó el registro de datos fiscales, el proceso es aún más fácil. Mediante el número de referencia, es posible importar los datos desde la página de la AEAT. Con este paso (salvo algunas excepciones, como los ingresos por actividades económicas, que se deben introducir de manera manual), ya no es necesario rellenar más casillas: el programa incorpora los datos, realiza los cálculos y permite enviar la declaración por Internet.
Antes de dar el OK
El programa de ayuda se encarga de recordar al usuario las casillas que se ha dejado sin rellenar, o las cuentas que no cuadran, para que las corrija. No obstante conviene repasar:
- Los datos que tiene la Agencia Tributaria puede que no estén completos o no sean correctos. En el borrador o en el listado de datos fiscales es común que no se incluya la desgravación por vivienda habitual, lo cual puede ser la diferencia entre una declaración positiva y una negativa.
- Los ingresos por actividades económicas (de los autónomos o empresas), aunque estén registrados, habrá que introducirlos de modo manual porque no se pueden importar. También hay que verificar todas las desgravaciones a las que se tenga derecho, incluidas las autonómicas.
- Si la Declaración sale a devolver, es importante introducir un número de cuenta para recibir la transferencia. Según la AEAT, las declaraciones por Internet reciben antes la devolución, así que es una buena razón para usar la Red.
- En el caso de que haya que pagar, tampoco hace falta levantarse del asiento. En la web de la AEAT se accede a Oficina Virtual, y desde allí, a Autoliquidaciones.
- Los pagos se pueden hacer con tarjeta de crédito o mediante el pago en cuenta, con determinados bancos. En este último caso, el banco genera un código llamado NCR, que es un justificante de que el pago está autorizado por el contribuyente. Con este código ya se puede realizar el pago sin necesidad de hacer cola en la ventanilla del banco.
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